Guía definitiva para solicitar la nueva visa para cubanos
Las nuevas regulaciones anunciadas por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tienen a nuestra comunidad revuelta y en Credito786 tratamos de buscar la información que necesitas para salir de dudas y aplicar a la visa de parole humanitario. Esta nueva “ley” busca permitir a los ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares inmediatos, solicitar viajar a los Estados Unidos de manera segura y ordenada.
Los beneficiarios elegibles pueden ser considerados para una autorización avanzada para viajar y un período temporal de hasta dos años, siempre y cuando cumplan con una serie de criterios de elegibilidad y se sometan a una sólida investigación de seguridad.
Uno de los requisitos fundamentales es tener un patrocinador en los Estados Unidos que acepte brindar apoyo financiero durante la duración de la visa en los Estados Unidos.
El primer paso en el proceso es que el patrocinador con sede en EE. UU. presente un Formulario I-134A, Solicitud en línea para ser patrocinador y Declaración de apoyo financiero, con el USCIS para cada beneficiario que busca apoyar, incluidos los niños menores.
Una vez recibido este formulario, el gobierno de EE.UU. revisará la información del patrocinador para asegurarse de que pueda apoyar financieramente a los beneficiarios a los que está de acuerdo en apoyar.
Es importante destacar que estos procesos son sujetos a cambios y variaciones dependiendo de las regulaciones y políticas del Gobierno de Estados Unidos. Te sugeriría revisar constantemente la información en la página oficial del servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para obtener información actualizada sobre los requisitos y procesos para solicitar estas visas temporales.
El Beneficiario
Las regulaciones mencionadas anteriormente especifican los criterios de elegibilidad para los solicitantes de estos procesos de visa temporal.
Para ser elegible para solicitar y ser considerado para una autorización anticipada para viajar a los Estados Unidos para buscar libertad condicional bajo estos procesos, los beneficiarios deben:
- Estar fuera de los Estados Unidos;
- Ser ciudadano de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela o ser un miembro de la familia inmediata (cónyuge, pareja de hecho y/o hijo soltero menor de 21 años) que viaja con un cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano elegible;
- Tener un patrocinador con sede en los EE. UU. que presentó un Formulario I-134A en su nombre que USCIS ha investigado y confirmado;
- Poseer un pasaporte vigente válido para viajes internacionales;
- Proveer sus propios viajes comerciales y destino final en EE. UU.;
- Someterse y aprobar la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública requerida;
- Cumplir con todos los requisitos adicionales, incluidos los requisitos de vacunación y otras pautas de salud pública;
- Demostrar que la concesión de la libertad condicional está justificada en función de un beneficio público significativo o razones humanitarias urgentes, y que de otro modo se amerita un ejercicio favorable de la discreción.
Además, es importante destacar que cualquier persona que no cumpla con estos criterios o que haya violado las condiciones de su estatus de no inmigrante anterior no es elegible para ser considerada para la libertad condicional bajo estos procesos.
También es importante mencionar que estos procesos y criterios pueden cambiar en cualquier momento y es recomendable consultar a un abogado especializado en inmigración o revisar la página web del USCIS para obtener información actualizada.
El Patrocinador
Un patrocinador o partidario es una persona o entidad con sede en los Estados Unidos que presenta un Formulario I-134A en nombre de un beneficiario calificado y que se compromete a proporcionar apoyo financiero y alojamiento durante la duración de la estancia del beneficiario en los Estados Unidos.
El gobierno de los Estados Unidos revisará la información del patrocinador provista en el Formulario I-134A para asegurarse de que pueda cumplir con este compromiso de apoyar financieramente al beneficiario.
Para servir como partidario, una persona física o jurídica debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal;
- tener un estatus legal en los Estados Unidos, como estatus de protección temporal o asilo;
- estar en libertad condicional o recibir acción diferida o salida forzada diferida;
- Aprobar la verificación de antecedentes y seguridad, incluyendo preocupaciones de seguridad pública, seguridad nacional, trata de personas y explotación;
- Demostrar suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar al beneficiario durante la duración de su período de libertad condicional.
Los partidarios pueden ser individuos o entidades y deben presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario y deben estar dispuestos y capaces de cumplir con sus obligaciones financieras y de apoyo durante la estancia del beneficiario en los Estados Unidos.
Los pasos del proceso son los siguientes:
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Un patrocinador con sede en los EE. UU. presenta un Formulario I-134A junto con una solicitud en línea para ser patrocinador y una declaración de apoyo financiero en USCIS para iniciar el proceso. El patrocinador debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario que busca apoyar.
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USCIS investiga y confirma al patrocinador para asegurarse de que puede apoyar financieramente al beneficiario y protegerlo contra la explotación y el abuso. Si USCIS confirma al patrocinador, el beneficiario recibirá un correo electrónico con instrucciones para crear una cuenta en línea de USCIS.
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El beneficiario debe confirmar su información biográfica en myUSCIS y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad, incluidos los requisitos de salud pública.
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El beneficiario debe ingresar su información biográfica en CBP One y proporcionar una foto. Si se aprueba, se le proporcionará una autorización previa para viajar a los Estados Unidos para buscar una concesión discrecional de libertad condicional.
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El beneficiario viaja por vía aérea a los Estados Unidos. Al llegar al puerto de entrada, CBP considera si se justifica la libertad condicional debido a razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo.
Es importante mencionar que todas estas etapas son discrecionales y son revisadas por USCIS y CBP, y no hay garantía de que una solicitud sea aprobada, así que es importante tener un asesoramiento legal profesional si estas buscando someter una solicitud.
En Resumen
Los procesos de patrocinio de libertad condicional son una opción para aquellos que buscan entrar a los Estados Unidos y no califican para otras formas de ingreso. Es un proceso que requiere la intervención de un patrocinador en los Estados Unidos, quien presenta una solicitud en línea, el Formulario I-134A, en nombre del beneficiario que busca entrar al país.
El patrocinador debe cumplir con ciertos requisitos, como ser un ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal, tener un estatus legal en los Estados Unidos, y tener suficientes recursos financieros para apoyar al beneficiario. Una vez aprobado el patrocinador, el beneficiario recibirá instrucciones sobre cómo crear una cuenta en línea con USCIS y proporcionar información biográfica, incluyendo requisitos de salud pública.
Si se aprueba, el beneficiario recibirá una autorización previa para viajar a los Estados Unidos y buscar una concesión discrecional de libertad condicional en un puerto de entrada, con base en razones humanitarias y/o un beneficio público significativo. Es importante tener en cuenta que, a pesar de la autorización previa para viajar, la entrada y la libertad condicional no están garantizadas.
Si necesitas patrocinar a un familiar pero tus finanzas y tu historial crediticio no te lo permiten, estás a tiempo de preparar tu crédito para enfrentar este escenario. Puedes comunicarte con Credito786 al 866-716-4225 dirigirte a nuestras oficinas o enviarnos un email. También puedes agendar una cita y te estaremos atendiendo y asesorando en todo momento.